AMETIC defiende el pago del canon digital a través de los Presupuestos Generales del Estado

La Asociación asegura que ningún otro sistema garantiza el mismo nivel de protección de la seguridad jurídica para todos los actores afectados.

Las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual EGEDA, DAMA y VEGAP han impugnado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el Real Decreto 1657/2012, de 7 de diciembre, que regula el procedimiento para el pago de la compensación por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, con el objetivo de confirmar que la norma se ajusta a la regulación europea.

Para AMETIC que la compensación se realice através de este sistema garantiza, como ningún otro, el mismo nivel de protección de la seguridad jurídica a todos los actores afectados, además de constituir la mejor alternativa desde el punto de vista económico, minimizando la distorsión de los mercados.

Así, AMETIC defiende este procedimiento, como el más equilibrado, que se mantiene en el Proyecto de Ley de Propiedad Intelectual (LPI) -actualmente en trámites legislativos-.

La Asociación ha querido aclarar que elevar una cuestión prejudicial ante el TJUE no suspende la tramitación de una reforma legislativa.

Entre los argumentos que han utilizado las entidades de gestión para justificar su rechazo a este sistema de pago se encuentra el que la compensación a cargo de los presupuestos no respeta que el pago lo realice el usuario final que realiza la copia y quién, presumiblemente, causa el perjuicio a los titulares de derechos.

Sin embargo, los Estados miembros tienen plena libertad para establecer los límites.

“Desde AMETIC consideramos que el que un Estado Miembro, como el español, decida, haciendo uso de los recursos a su disposición, que la compensación del daño derivado de dicho establecimiento debe realizarse con cargo a los Presupuestos Generales del Estado es un acto de soberanía nacional que, en sí mismo, no contraría la normativa comunitaria”.