Asimelec insta a erradicar la morosidad empresarial

Asimelec, una de las patronales del sector TIC españo, ha manifestado hoy en una nota de prensa “la necesidad de que se cumplan estrictamente los plazos de pago que establece la Ley 3/2004 de Medidas de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales”, aprobada a finales del año 2004. La patronal reclama en el comunicado que “los plazos sean una condición contractual realmente vinculante y su estricto cumplimiento, ya que, según la patronal, ayudaría en gran medida a solventar las dificultades de tesorería y de rentabilidad que padecen muchas empresas en el sector TIC español”.
“Teniendo en cuenta la situación económica actual de recesión, el no cumplimiento de los plazos que establece esta Ley puede perjudicar de manera extrema a la competitividad de muchas empresas de nuestro sector”, ha declarado el director general de la patronal, José Pérez. “El diferencial con Europa es mucho más amplio, lo que debilita la salud económica de nuestras compañías, debido a la gran necesidad financiera que precisan”, ha señalado.
Para Asimelec, uno de los temas “más preocupantes” del tejido empresarial español “lo constituye precisamente este diferencial de pago entre nuestras empresas y las de la Unión Europea (UE)”. Así, la patronal ha afirmado que la Ley de 2004 establecía períodos de pago de 30 días para las empresas y de 60 días para las Administraciones Públicas. “Una ley que, en concordancia con el artículo 1255 del Código Civil, ha servido de excusa para amparar abusos de derechos y cláusulas abusivas que algunas empresas incluyen en sus contratos y que se traducen en plazos más amplios o tipos de interés de demora inferiores a los previstos”, denuncia Asimelec en la nota de prensa.
Por último, la nota de prensa también denuncia que muchas empresas que padecen plazos de pago de más de 180 días “no reclaman o denuncian estas practicas abusivas por temor a perder el negocio o causar malestar a sus clientes”. Una situación que según Asimelec ·puede tener su origen en el desequilibrio de fuerzas negociadoras, en el que la parte más fuerte aprovecha su condición dominante para imponer aplazamientos o estipulaciones abusivas·.