Las cadenas de TV podrán prohibir la difusión de contenidos en la red

La UE considera que deberá existir una autorización previa, de lo contrario se infringen derechos de autor.

El Tribunal de Justicia de la UE ha tomado una importante decisión que podrá sentar precedente para casos similares en un futuro.

Las cadenas de televisión podrán prohibir la retransmisión de sus contenidos vía internet sin autorización previa.

El dictamen corresponde a un caso, protagonizado por TVCatchup, compañía que ofrece emisiones en directo en la red de canales en abierto. Varias cadenas interpusieron una demanda por considerar infracciones de derechos de autor de sus contenidos originales o adquiridos.

El tribunal considera que la compañía británica ha violado una ley europea que data de 2001 que considera que los emisores de contenidos tienen el poder de autorizar o prohibir el uso de sus contenidos.

La justicia europeo recuerda además el gran nivel de protección del que gozan los autores de contenidos y su derecho de obtener retribuciones por el uso de su trabajo.

La compañía británica ha dicho en unas declaraciones que recoge Digital Spy que la decisión “no afecta” a la mayoría de contenido que ofrece y que por tanto es “intrascendente”. El contenido al que hace referencia el dictamen del tribunal europeo lo ven “el 30% de los usuarios”, una pérdida que se ve suplida por “la cantidad de canales que han pedido que nos unamos.