LISI: “Ley de la Censura para Internet”

La principal queja es dejar abierta la posibilidad de que Administraciones Públicas y entidades privadas puedan retirar contenidos de Internet o cerrar páginas web, sin intervención judicial.

En la nueva redacción propuesta para el polémico artículo 8, se otorga nuevas competencias de control a aquellas entidades, privadas o públicas, que tengan atribuidas legalmente “funciones de protección”.

El informe establece que “sólo los Tribunales tienen competencias para determinar la retirada de los contenidos, ya sea dentro o fuera de Internet y ello con independencia de que las Administraciones Públicas, las personas jurídicas privadas y, las personas físicas afectadas, tengan legitimación para instar la acción de cesación”.

La Asociación de Internautas remitirá este informe a los senadores, con el ruego expreso de que se mantenga la actual redacción de la LSSICE, que expresa de forma taxativa y sin dar lugar a interpretaciones, que solo los jueces pueden cerrar páginas web.

vINQulos
Asociación de Internautas