¿Vas a desarrollar una aplicación móvil? Aquí tienes las obligaciones legales a acatar

Comercializar aplicaciones para el smartphone o la tableta no sólo implica maña en el diseño, sino cabeza a la hora de dejar todos los cabos legales bien atados, tal y como explica Ad&Law.

El mundo es cada vez más móvil. Aunque los ordenadores portátiles y de sobremesa continúan cumpliendo con sus tradicionales funciones en el trabajo o en el propio hogar, lo cierto es que las mejoras de ingeniería de los últimos años han provocado la aparición de nuevos formatos de dispositivos.

Hablamos de equipos como smartphones y tabletas, que son más cómodos de llevar encima además de capaces de garantizar la realización de múltiples tareas en cualquier momento y lugar.

En esta popularización de los gadgets móviles no sólo han tenido que ver sus especificaciones técnicas. También es importante el ecosistema de aplicaciones que los rodea. Cuanto más amplio sea su número y más potente su calidad, mayores posibilidades de éxito.

Pero el desarrollo de software para el móvil implica la contemplación de toda una serie de cuestiones, incluidas las legales. Así lo recuerda la compañía de asesoramiento Ad&Law, que dice que “antes de lanzar una aplicación al mercado se debe prestar atención a los requisitos legales que, de no tenerse en cuenta, pueden acarrear sanciones”.

Esta misma firma habla, en concreto, de ocho puntos a tener en cuenta, empezando por los propios “permisos, licencia y condiciones de uso” asociados a toda creación que se sube a una app store. En este sentido, no se puede recabar cierta información generada por el usuario sin conseguir primero su autorización expresa.

Algo similar ocurre con la “información” que hay que dar sobre la gente o la empresa que ha desarrollado la aplicación y sobre las “cookies”. Este tipo de información debe estar visible y, en el caso de las cookies, ser aceptada.

Por cierto, en caso de que haya usuarios “menores” de 14 años de por medio, que es otra cuestión importante a considerar tal y como apunta Ad&Law, no quedará otra que revisar qué es lo que dice la legislación al respecto.

Un cuarto punto lo conforman los “derechos propios y de terceros”, que son derechos que se refieren a la protección frente a posibles copias y al uso de material bajo licencia comercial.

Asimismo, si se integra “publicidad” dentro de la aplicación, habrá que ser claros en su diferenciación respecto al resto del contenido. Para temas de “privacidad y geolocalización” sigue rigiendo el sentido común: es el usuario el que tiene la última palabra sobre sus datos. Y nada de meterse problemas con la justicia por tratar actividades prohibidas, ya que en el mundo de las apps sólo hay cabida para las “funcionalidades lícitas”.

Por último, Ad&Law explica que los “markets” defienden una serie de requisitos que hay que respetar si el desarrollador quiere que su aplicación esté disponible para el público. Aquí no hay posibilidad de negociación, sólo de acatar lo que se exige. Hay que tener en cuenta que los requisitos pueden variar con el paso del tiempo, lo que implicará capacidad de adaptación.