Blablacar podrá seguir operando en España tras ganar la batalla judicial que le ha enfrentado a la patronal de autobuses, Confebus.
El Fallo del Juzgado de lo Mercantil número 2 no da lugar a dudas. “Debo absolver y absuelvo las demandas de las pretensiones contra ellas deducidas, sin expreso pronunciamiento de las costas”, dice la sentencia.
La decisión pone así fin a la batalla legal que comenzó en agosto de 2015.
El fallo a favor de la compañía es un importante punto a favor de la economía colaborativa en España y tira por tierra el argumento de la Patronal de autobuses que consideraba que Blablacar operaba de forma ilegal por ofrecer un servicio de transporte sin autorización.
Tal y como recoge este extenso análisis de El Confindencial, la parte demandante considera que la joven empresa incumple los artículos de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). El tribunal considera sin embargo que Blablacar realiza una actividad ajena a la regulada por esta ley y que su actividad no es la propia de un servicio de transporte público sino privado.
Otra de las acusaciones desestimadas ha sido la del supuesto lucro de los usuarios con el servicio. El tribunal considera que se da en casos excepcionales y ensalza las recomendaciones de la firma sobre el uso correcto de las tarifas.
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