El P2P, más legal que nunca; “La lista de Sinde”, a la basura

Varapalo (y van unos cuantos) extraordinario para la SGAE (a quien se condena en costas) en una sentencia del Juzgado mercantil número 7 de Barcelona que además de desestimar la demanda contra la web “Elrincondejesus.com”, avanza varios peldaños explicando que, “En sentido amplio”, dice el juez, “el sistema de enlaces constituye la base misma de Internet y multitud de páginas y buscadores (como Google) permiten técnicamente hacer aquello que precisamente se pretende prohibir en este procedimiento, que es enlazar a las llamadas redes P2P”.

La sentencia establece que las webs de enlaces como la desarrollada por el demandado se limita a ofrecer la posibilidad de descarga a través de una red P2P pero “no supone ni distribución, ni reproducción, ni comunicación pública de las obras sujetas a propiedad intelectual, ya que es un mero índice que facilita la búsqueda en redes de intercambio de archivos P2P mediante el sistema de menús, carteles o portadas con títulos de películas u obras musicales”.

Además, el juez va más allá, al afirmar que “las redes P2P, como meras redes de transmisión de datos entre particulares usuarios de Internet, no vulneran derecho alguno protegido por la Ley de Propiedad Intelectual”.

Casi nada. ¿Cuántas veces más tendremos que ver en los telediarios noticias sobre el cierre de páginas web P2P consideradas legales en todas las sentencias? ¿Cuántas legales van a cerrarse cautelarmente? ¿Hasta cuándo se van a aceptar demandas de este tipo aún a sabiendas de como terminarán? ¿Para qué sirve la Lista de Sinde en estas circunstancias? ¿Establecerá la Comisión de Cultura parámetros legales distintos de estas sentencias para cerrar páginas web?