El blog Merodeando tendrá que pagar 9.000 euros a la SGAE

En el propio blog puede verse un vídeo de la vista preliminar del juicio y el autor dice que espera poder publicar también el vídeo del juicio, porque “es legal hacerlo”. Por lo visto, la SGAE pidió a la juez que advirtiera a Alonso de que no debía publicar este vídeo.

Más allá de la anécdota del vídeo, la sentencia sienta un precedente en España sobre la libertad de expresión en Internet. El tribunal, después de oír a las dos partes, ha decidido que Alonso, a través de lo publicado en su blog, ha menoscabado el honor de la SGAE y es responsable porque colabora con “las manifestaciones vertidas en su blog que atentan al honor de la actora”.

En su blog, Alonso se queja de que en la sentencia el único precedente legal citado es el caso PutaSGAE, que ni siquiera es firme porque el Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación interpuesto por la Asociación de Internautas.

La juez que ha dictado sentencia entiende que Julio Alonso colaboró, al hacerse eco en su blog, con el lanzamiento de una campaña de desprestigio contra la SGAE en el que se utilizó el sistema conocido como Google Bombing. En este caso, se logró que cuando los usuarios de Google buscaban la palabra “ladrones” en el buscador, en el primer resultado de la búsqueda apareciera la página oficial de la SGAE.

Después de iniciada la campaña, Alonso retiró el enlace, según admite la sentencia, pero mantuvo los comentarios a la entrada, con lo que se le siguió dando publicidad.

En una entrevista a El País, Alonso ha dicho que recurrirá la sentencia.

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