Expediente a la SGAE: el cazador cazado

Para ganar un pleito que había interpuesto contra un salón de bodas sevillano, la SGAE contrató a un detective que se coló en la boda y grabó a los asistentes bailando las según ellas canciones protegidas por derecho de autor.

Dicha prueba no fue admitida por el juzgado de lo Mercantil sevillano que la consideró “una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen” y más de la forma que se grabó.

A pesar de ello el salón de celebraciones fue condenado en base a otras pruebas al pago de una multa por valor de 43.179 euros.

Ahora el expediente sancionador a la SGAE conlleva multas entre 60.000 y 300.000 euros.

Este expediente puede sentar precedente ya que la máquina de recaudar de la SGAE está aportando en los juzgados pruebas similares grabadas por detectives.

La SGAE ha defendido en ocasiones anteriores que este tipo de pruebas son “absolutamente lícitas y conforme a Derecho”, pero la sentencia estableció que se trata de una “intromisión ilegítima” en los derechos constitucionales “a la intimidad personal, familiar y a la propia imagen”.

Es decir violación de derechos fundamentales. ¿Hasta cuándo tendremos que aguantar las “actividades” de esta Asociación?

vINQulos
La voz de Galicia, vía agencia EFE