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Una niña de 13 meses comenzaba a dar sus primeros pasos cuando quedó entusiasmada al oír la canción de Prince, “Let’s Go Crazy”, intentando a su modo bailar el tema. Su madre recogió ese momento con una video cámara casera capturando 29 segundos del baile de su hija.

La señora Lenz, que así se llama la afligida mamá, hizo algo que cualquier ciudadano del siglo 21 haría para que sus familiares pudieran ver como bailaba su hija. Colgó en YouTube el archivo y mandó el enlace a sus familiares.

Hasta aquí todo normal, hasta que entra en escena la Universal Music Group que gestiona los derechos de Prince y demanda de YouTube que retire el video de la pequeña porque se lesionan sus derechos de autor. El servicio de videos, cual Pilatos, se lava las manos y retira el “ilegal video”.

Nadie en su sano juicio puede pensar que se lesionan los derechos de autor con semejante video, ni que nadie vaya a descargar un clip de 29 segundos con la música del “príncipe” (sin calidad alguna), para evitar el pago de su música. Nadie, excepto las discográficas y organizaciones de derechos de autor.

A pesar de la explicaciones y contra-anuncio de la autora del video, los abogados de la Universal aún insisten que el hecho de compartir este material es una infracción de derechos de autor castigada con una multa de 150.000 dólares.

Lessig explica que las tecnologías digitales han democratizado la capacidad de creación de cultura y que este absurdo caso, al igual que otros que llevan desde la fundación del mismo estilo, sólo frenan la innovación y creatividad.

A su juicio se impone un cambio radical en la normativa del derecho de autor que evite disparates como este, como autorizar el derecho a la copia privada, cambiar el ineficiente sistema de propiedad actual o despenalizar la fracasada guerra contra los P2P que tras una década de persecución no ha frenado el usos de archivos compartidos ni ha compensado a los artistas.

“El objeto del delito”:

vINQulos

The Wall Street Journal