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Desde la AI reclamaban que la polémica ley explicara con precisión las funciones que puede ejercer la Comisión de Propiedad Intelectual.

Asimismo, el documento presentado por la citada asociación comenta que si se permite la libre interpretación e instantánea aplicación de las sanciones previstas (cierre de páginas Web) por la disposición impugnada, se estaría dejando en manos de un órgano administrativo, una ilimitada capacidad censora.

En el dictamen del Tribunal Supremo se indica que si se examina el escrito de interposición del recurso, en cuanto a la suspensión de la vigencia del Real Decreto “resulta palmaria su improcedencia” ya que no se ofrece ninguna razón para ello.

Por último, recordar que la Ley Sinde-Wert todavía tiene otro recurso abierto, concretamente el interpuesto en febrero por la Red de Empresas de Internet (REI) y la Asociación Española de la Economía Digital (adigital).

vINQulos

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