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El dictamen refuerza los argumentos de otras sentencias como la del caso Sharemula y confirma que enlazar a las redes de intercambio de archivos no constituye actividad criminal alguna.

“No resulta debidamente justificada la perpetración del delito” (…) toda vez que de la investigación llevada a cabo muestran que las páginas webs se limitan a facilitar la dirección donde se puede descargar la obra, sin alojar archivos, ni realizar directamente la descarga”, resume el abogado especializado David Bravo que ha llevado el caso en defensa de TodoTorrente.

La resolución puede ser recurrida y seguro que lo será, pero vuelve a poner en entredicho al Ministerio del Interior por actuar al dictado y bajo presión de la SGAE y sucedáneas, gastando recursos policiales y cerrando cautelarmente sitios de Internet a sabiendas de que más tarde los juzgados revocarán estas actuaciones.

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