El tribunal de la Audiencia Provincial de Vizcaya encargado del caso ha señalado que los acusados son culpables de delito por los servicios que ofrecían a través de sus páginas, ya que se trataba de un acto de comunicación público y no entre particulares.
Además, la sentencia, que les ha condenado a un año de cárcel, les obliga a pagar una indemnización por haberse lucrado con la actividad de las webs.
La multa que tendrán que abonar por esa práctica será calculada con un método que se basa en el número de visitas que han recibido fenixp2p.com y mp3-es.com.
En un proceso anterior la justicia había declarado inocentes a los acusados, pero ADESE (Asociación Española de Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento) y Promusicae (Productores de Música de España), llevaron a cabo un recurso que ha logrado que se le de la vuelta al caso.
La sentencia, que posiblemente será recurrida por los abogados defensores de los condenados, implica también el cierre de las páginas de enlaces.
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