Los contenidos de la Ley de Economía Sostenible empiezan a ser aplicados con modificaciones en reglamentos existentes. Hoy ha sido el caso del Reglamento del servicio universal de telecomunicaciones, que ha sido modificado para incluir como uno de esos servicios el acceso a la banda ancha.
Esta incorporación del acceso a Internet a una velocidad mínima de un megabit por segundo supone, según afirman en nota de prensa desde el Consejo de MInistros, un beneficio para “350.000 hogares que actualmente no cuentan con cobertura de banda ancha”.
A partir de la aprobación hoy de este Real Decreto, por lo tanto, los operadores tendrán que garantizar a los usuarios que “la media de velocidad de su conexión, en cualquier período de veinticuatro horas, sea, al menos, de un megabit por segundo”. No obstante, esto no significa que el usuario esté obligado a contratar conexiones de banda ancha, sino que podrá elegir quedarse con conexiones sin banda ancha si así lo desea.
Además, el Real Decreto recoge también la separación de la conexión a la red pública de comunicaciones electrónicas y la prestación de un servicio telefónico, por lo que el usuario podría contratar a operadores distintos para ambos elementos.
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