En relación al fallo emitido ayer por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el llamado “caso Google” que le enfrentaba a España, el presidente de la Asociación de Internautas, Víctor Domingo, ha explicado que el ‘derecho al olvido’ debe ser ejercido “en el sitio original” donde está el agravio.
“Hay un problema porque Google no puede borrar todos los comentarios. Es imposible porque el gigante de Internet no tiene contenidos, simplemente enlaza a ellos”, ha manifestado el representante.
La sentencia del máximo Tribunal en Luxemburgo supone una medida sin precedentes que puede afectar a todos los países europeos y por la que Google se ha mostrado muy sorprendido. “Esta es una decisión decepcionante para los motores de búsqueda y editores online en general”, se ha explicado oficialmente desde la compañía.
El TJUE ha dictaminado que los motores de búsqueda como Google deben retirar los enlaces a informaciones publicadas en el pasado si se comprueba que perjudican a un ciudadano y no son ya pertinentes.
De cualquier forma, el fallo emitido por el organismo europeo ha señalado que en cada caso se tendrá que examinar “si la persona tiene derecho a que la información sobre ella deje de estar vinculada en la actualidad a su nombre en los resultados de búsqueda”.
El conflicto que ha enfrentado a Google y España por el ‘derecho al olvido’ se remonta a 2010 y se centra en la denuncia hecha por un español que en las búsquedas de Google encontró su nombre en el anuncio de un periódico de hacía varios años y donde se informaba de que una propiedad suya estaba a subasta por falta de pagos a la Seguridad Social.
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