El estado de alarma conlleva la suspensión de portabilidades en España

Las autoridades quieren evitar al máximo los desplazamientos de gente y han decidido suspender los cambios de numeración fija y móvil excepto casos “de fuerza mayor”.

Entre las medidas que España está adoptando para luchar contra la pandemia del coronavirus COVID-19, una es la del teletrabajo o el trabajo no presencial.

Y eso requiere de una férrea infraestructura fija y móvil que permita mantener la actividad empresarial a pesar de los empleados se queden en casa, con equipos diseminados por diferentes puntos geográficos.

El Real Decreto-ley aprobado por el Gobierno de España con una serie de medidas extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de este virus tiene en cuenta el papel de las telecomunicaciones. De este modo, busca “asegurar el mantenimiento de la conectividad y que los servicios de comunicaciones electrónicas se sigan prestando por los operadores, al menos, en las mismas condiciones que en la actualidad”.

En primer lugar, mientras dure el estado de alarma, las firmas de telecomunicaciones que operan en España “deben mantener los servicios” que han contratado sus clientes, “de forma que no podrán suspenderlos o interrumpirlos, aunque conste dicha posibilidad en los contratos de servicios suscritos entre operadores y consumidores”.

Además, el proveedor del servicio universal, Telefónica, “mantendrá, como mínimo, el conjunto de beneficiarios actuales, así como la calidad de la prestación”. Esto afecta sobre todo al “servicio de acceso funcional a Internet y a las condiciones de asequibilidad del servicio universal de telecomunicaciones”.

Otra medida tiene que ver directamente con las portabilidades. Las autoridades, para limitar los desplazamientos físicos, han impuesto limitaciones a la suscripción de servicios que supongan una portabilidad de número. Así, “se suspenderán todas las operaciones de portabilidad de numeración fija y móvil que no estén en curso, excepto en casos excepcionales de fuerza mayor”.

Y tampoco se realizarán “campañas comerciales extraordinarias de contratación de servicios de comunicaciones electrónicas que requieran” dicha “portabilidad”.