El Tribunal Supremo confirma su fallo que determina que los riders de Deliveroo eran falsos autónomos

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia en la que determinaba que los repartidores de Deliveroo eran falsos autónomos.

En enero de 2020 el Tribunal Supremo dictó una sentencia que dictaminaba que los repartidores de Deliveroo en Madrid eran falsos autónomos. Se trataba de un juicio que se inició a partir del año 2015 y que ahora concluye con la decisión del tribunal de ir a admitir el recurso de Deliveroo.

Posteriormente la empresa presentó un recurso que ahora ha sido rechazado, con lo que el fallo confirma la doctrina ya unificada el pasado mes de septiembre con un caso similar referido a la plataforma Glovo y sus repartidores, considerando la existencia de una relación de naturaleza laboral por lo que obligó que dejaron de considerarse como autónomos y pasar a ser empleados.

Al no admitir el Tribunal Supremo el recurso por parte de Deliveroo se consolida como válida la doctrina al respecto del tribunal superior de justicia de Madrid, que ya el año pasado rechazo otro recurso de Deliveroo en el mismo asunto, a pesar de que la empresa esgrime a su favor una sentencia que le era favorable en un juicio sustancial dos en Cantabria.

La razón clave para el TSJ de Madrid, cuya sentencia ha quedado confirmada, es que los repartidores de Deliveroo no disponen de una libertad real para trabajar, pues son penalizados si rechazan pedidos con la obtención de menos encargos, y por tanto menos ingresos. Otro elemento que sea considerado es que para el trabajo de los repartidores resulta imprescindible estar integrado en la plataforma Deliveroo, y no basta simplemente con que dispongan de bicicleta y teléfono móvil.

Con esta corriente doctrinal en curso y a punto de que se apruebe la denominada “Ley Rider”, que ha contado con el consenso de patronal, sindicatos y Ministerio de Trabajo, plataformas de reparto como de Deliveroo, Glovo o Uber Eats tendrán que contratar a los repartidores o subcontratar esta función con terceros, dejando de utilizar la figura del denominado falso autónomo.