La CNMC incoa otro expediente contra Telefónica relacionado con la compra de Sogecable

En esta ocasión Telefónica podría acabar sancionada por incluir obligaciones de permanencia asociadas a los servicios de televisión de pago.

Telefónica compró Sogecable en el año 2015 y, desde entonces, se ha enfrentado a sanciones por el incumplimiento de sus compromisos para preservar la competencia tras efectuarse la concentración Telefónica/DTS

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) acaba de anunciar que abre un nuevo expediente sancionador contra la operadora por este motivo.

En base a lo acordado, Telefónica no puede incluir obligaciones de permanencia, ni directa ni indirectamente, para la televisión de pago. Esto cubre tanto los servicios empaquetados como los no empaquetados con comunicaciones electrónicas.

Sin embargo, la oferta de productos Fusión+Smartphone, que incorpora televisión de pago, parece haber incumplido los términos pactados. Las autoridades explican que esta oferta posibilitaba a clientes de Telefónica arrendar terminales móviles por 3 euros al mes y permanencia de 36 meses.

Es decir, “dicha oferta contenía determinadas previsiones contrarias a lo señalado en los compromisos respecto a la obligación de no aplicar condiciones o prácticas tendentes a entorpecer el cambio de los clientes actuales o futuros de Telefónica a otros operadores”.

Hace unos meses la CNMC decidía sancionar con 5 millones de euros a Telefónica por aportar “de manera incompleta, no puntual y en formato que impedía el ejercicio de verificación” la información pactada en el compromiso de compra.

Antes, en 2019, le aplicó una multa por valor de 1,5 millones de euros por perjudicar a sus rivales, a los que debía ofrecer una oferta de contenidos anual con canales premium y acceso no discriminatorio. En la temporada 2016/2017 asignó los costes fijos del canal Movistar Partidazo de manera incorrecta.